LEY N° 2730

Prorrogando hasta el 30 de Septiembre de 2015 la vigencia de la Ley Nº 2222

Estado de la norma: DEROGADA.-

Publicado en B.O. N.º 3072 del 25-10-12.-

Promulgada el 07-10-13.-

Sancionada el 25-09-13.-

Operador del Digesto: Y.A.C.-

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1°.- Prorrógase hasta el 30 de septiembre de 2015, la vigencia de la Ley 2222.-

Artículo 2°.- Inclúyanse en los alcances de lo previsto en el artículo 1° de la Ley 2222, la ejecución de las sentencias que impliquen desalojo.-

Artículo 3°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del 30 de septiembre de 2013.-

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil trece.

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa, Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dra. Varinia Lis MARIN, Secretaria Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa

EXPEDIENTE N° 11228/13.

Santa Rosa, 7 de octubre de 2013

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

DECRETO N° 766/13

C.P.N. Oscar Mario JORGE Gobernador de La Pampa Dr. César Ignacio RODRIGUEZ, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 7 de Octubre de 2013.-

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL SETECIENTOS TREINTA (2.730).-

C.P.N. José M. GONZALEZ, Secretario General de la Gobernación.-